Existen varias cláusulas en los contratos que debemos conocer antes de firmarlos, entre estas se encuentra el grupo de cotización.
Si bien es conocido por muchos, las especificaciones para cada grupo de cotización no suelen ser muy claras. No obstante, son fáciles de comprender y completamente necesarias para establecer relaciones laborales exitosas.
Índice de contenidos
- 1 ¿Qué es un Grupo de Cotización?
- 2 ¿Qué diferencia hay entre categorías y grupos profesionales?
- 3 ¿De qué sirve estar incluido en el grupo de cotización?
- 4 Grupos asignados según el convenio de oficinas y despachos de la Comunidad de Madrid
- 5 ¿Cuáles son las funciones y desarrollo profesional de cada grupo de cotización?
- 6 ¿Cuáles son las bases con topes mínimo y máximo de cada grupo de cotización?
- 7 ¿Cuál es la importancia de conocer tu grupo y tus bases de cotización?
- 8 Más información
- 9 Otros trámites de interés
En este artículo te explicaremos el concepto de esta clasificación y también la importancia que tiene para cada trabajador.
¿Qué es un Grupo de Cotización?
El Grupo de cotización se refiere a una clasificación profesional creada por la Seguridad Social. En esta se agrupan los trabajadores según las funciones y características de su cargo con la finalidad de asignarles distintas bases de cotización.
Actualmente, existen once grupos de cotización, estos son:
- 1 — comprende a los Ingenieros y Licenciados.
- 2 — comprende a los Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados.
- 3 — engloba a los jefes administrativos y de taller.
- 4 — encierra a los ayudantes no titulados.
- 5 — comprende los oficiales administrativos.
- 6 — incorpora a los subalternos.
- 7 — abarca a todos los auxiliares administrativos.
- 8 — comprende a los oficiales de primera y segunda.
- 9 — engloba a los oficiales de tercera y especialistas.
- 10 — acoge a los peones.
- 11 — comprende a todos los trabajadores menores de 18 años, sin importar su categoría profesional.
Información adicional
Estos grupos están formados a partir de las definiciones que se encuentran en los convenios colectivos. A su vez, estas reflejan las funciones, titulación y características de cada grupo profesional.
Cada vez que un trabajador firma un contrato de trabajo, en una de las cláusulas debe quedar reflejado el grupo al que pertenece.
¿Qué diferencia hay entre categorías y grupos profesionales?
Anteriormente se usaba un sistema de clasificación por categorías que era un poco más preciso. Este permitía incluir puestos de trabajo específicos dentro de cada renglón, en vez de ser agrupados en listados de mayor tamaño.
La definición de estas categorías se hacía mediante las titulaciones, puesto que se tomaban en cuenta sólo la aptitud y capacitación personal del profesional. De hecho, no influyen las características del puesto que ocupaba como lo hacen ahora.
Por ejemplo, en el pasado un licenciado podía estar incluido en la categoría de los titulados universitarios, indistintamente de sus funciones como trabajador.
En la actualidad, el grupo profesional al cual pertenezca dependerá de las funciones asignadas a éste, que pueden o no corresponder con su titulación.
Pese a no ser aceptadas legalmente, las categorías profesionales se usan de vez en cuando en algunos Convenios Colectivos que se mantienen vigentes.
¿De qué sirve estar incluido en el grupo de cotización?
En general, los grupos de cotización facilitan la determinación del sueldo y las bases de cotización para los trabajadores.
A cada grupo es asignado un tope mínimo y máximo que se traduce en la remuneración que percibe el trabajador en cuestión. Por lo tanto, todas las aportaciones que haga la empresa por cotizaciones corresponden a los estatutos establecidos por la Seguridad Social.
Grupos asignados según el convenio de oficinas y despachos de la Comunidad de Madrid
En el artículo 15 de este convenio podemos ver una descripción más exacta de los distintos grupos que acoge este arreglo que va del I-V. A continuación, los explicaremos brevemente.
— GRUPO I
A grandes rasgos, se refiere al primer y segundo nivel que comprende a los titulados superiores, titulados medios y jefes superiores.
Un trabajador que corresponda a este grupo del convenio deberá tener titulación universitaria de grado superior, o bien, conocimientos equivalentes. Todas sus aptitudes deben ser equiparadas por la empresa que lo haya contratado.
— GRUPO II
Dentro de este grupo están el tercer y cuarto nivel, donde se encuentran los jefes de primera (jefes de informática, analistas y programadores). También los jefes de segunda, encargados de la delineación y explotación.
Las personas de este grupo de cotización deben contar con autonomía para ejecutar o desarrollar competencias de diversa complejidad. Igualmente, podrá proceder a la resolución de problemas técnicos propios de su campo de actuación, siempre a partir de procedimientos ordinarios regulados por la empresa.
— GRUPO III
Enmarca el quinto y sexto nivel que, a su vez, recoge al personal administrativo, delineante del proyecto y primer operador. También al personal administrativo, delineante operador y encargado de segundo grado.
A este grupo serán añadidos los trabajadores con o sin responsabilidad de mando, que bien puedan gozar de cierto grado de autonomía para realizar labores.
— GRUPO IV
Este grupo está compuesto por el séptimo y octavo nivel al que pertenecen los dibujantes y conductores. También los administrativos, calculadores y grabadores de datos.
Los trabajadores de este grupo desempeñan labores con contenido instrumental. Se rigen también por instrucciones previamente establecidas, o actúan en función de normas, directrices y procedimientos de la empresa. Todas sus actividades son supervisadas directamente por un superior a cargo del servicio.
— GRUPO V
Este grupo recoge el noveno y décimo nivel, donde están los vigilantes, conserjes, ordenanza, limpiadores, mozos, peones, el auxiliar administrativo, etc.
Para acceder a este grupo los trabajadores sólo deben contar con formación básica o conocimientos adquiridos durante el desempeño de su profesión.
¿Cuáles son las funciones y desarrollo profesional de cada grupo de cotización?
Cuando un trabajador está adscrito a un determinado grupo, la empresa no puede bajarlo de este, a menos que se trate de un caso excepcional.
De esta manera, deberá seguir ejerciendo las funciones que estipula el convenio colectivo aplicado para cada grupo de cotización. Al mismo tiempo, estará sujeto a los requisitos de acceso y promoción establecidos para su grupo de cotización correspondiente.
La empresa únicamente puede cambiar al trabajador las funciones que ejecuta si estas se realizan dentro de un puesto del mismo grupo profesional. En consecuencia, el trabajador debe aceptar el cambio, siempre y cuando esté dentro de las opciones de la empresa.
Para estos cambios no es necesario presentar justificativos, no obstante, se debe respetar la dignidad del trabajador, es decir, su titularidad.
¿Cuáles son las bases con topes mínimo y máximo de cada grupo de cotización?
Cada año el BOE (Boletín Oficial del Estado) publica una tabla con las topes para cotizar a cada trabajador según el grupo al que pertenezca. A continuación, te presentaremos un resumen de los topes que entraron en vigor a partir del 1 de enero de 2022:
- Tope máximo
Para este la base de cotización en cada uno de los Regímenes de la Seguridad Social quedó fijado en 4.139,40 euros mensuales. Lo que equivale a 137,98 euros diarios.
- Tope mínimo
Las bases mínimas de cotización de acuerdo con los grupos y categorías de cotización serán incrementadas conforme aumente el salario mínimo interprofesional. Por lo tanto, la cifra se mantendrá igual a la establecida el pasado septiembre de 2021.
Tipos de cotización para el 2022
Hasta la fecha se mantiene vigente lo siguiente:
- Para contingencias comunes un 28,30% de los cuales el 23,60% está a cargo de la empresa y el 4.70% restante pertenece al trabajador.
- Para la cotización por horas extra se tendrán dos casos:
Cuando se trate de horas extraordinarias se aplicará un 14,00%, De este el 12,00% es de la empresa y el 2,00% restante del trabajador.
El resto de los casos se aplicará el mismo porcentaje establecido para las contingencias comunes.
- Para la cotización por desempleo se tiene un 7, 05% del cual un 5,50% pertenece al empleador y el 1,55 restante corresponde al trabajador.
En caso de que sea un contrato por duración determinada o temporal, se establece un 8,30%. De este 6,70% está a cargo de la empresa y el 1,60% restante es del trabajador.
¿Cuál es la importancia de conocer tu grupo y tus bases de cotización?
Saber cuál es el grupo de cotización al que se pertenece puede ayudarte a entender ciertos aspectos de tus relaciones laborales, por ejemplo:
Cuanto mayor sea la base de cotización, mayor es la cantidad de dinero que un trabajador aporta a la Seguridad Social. En otras palabras, cuánto más se aporta en las prestaciones contributivas, más ganancias se perciben. Si lo deseas puedes solicitar más información poniéndote en contacto telefónicamente con el INSS.
En consecuencia, con una base de cotización alta, mayor será la prestación por desempleo, la pensión por jubilación, entre otras prestaciones.
También ayuda a saber qué complementos pueden cobrarse dependiendo del grupo al que pertenece el trabajador.